José Castro: “De la Renta Garantizada de Ciudadanía a la Renta Valenciana de Inclusión”
Artículo del militante de la Asamblea de Parados y Precarias CGT Valencia
El 23 de Abril de 2018 entró en vigor la Renta Valenciana de Inclusión que venía a sustituir a la Renta Garantizada de Ciudadanía elaborada por el PP y que resultó ser un auténtico desastre ya que no estaba dotada de presupuesto y además dejaba fuera a muchas personas en situación vulnerable. La nueva renta creada por el gobierno del Botànic se está descubriendo como otra chapuza que no cubre a quien dice hacerlo y que contiene multitud de trampas para excluir a miles de personas.
A día de hoy y transcurridos ya nueve meses desde su puesta en marcha son muy pocas las personas que la están cobrando y casualmente están empezando ahora que se aproximan las elecciones. Ignorancia en los Servicios Sociales sobre cómo tramitarla, pérdidas de tiempo y de energía para acabar denegándola por un papel, malos tratos hacia las personas solicitantes, exclusión de personas sin techo e inmigrantes sin papeles porque necesitan tener una cuenta corriente que los bancos se niegan a abrir a personas sin recursos y que el/la acomodado/a burócrata de turno no previó al desarrollar la ley, etc.
En la reunión que tuvimos ayer con la Concejala de igualdad y políticas inclusivas del ayuntamiento de Valencia Isabel Lozano nos encontramos con una nueva sorpresa; la segunda fase de la RVI que va a entrar en vigor en abril de este año y que pretendía complementar las prestaciones hasta alcanzar la cifra de 515 euros sólo se le va a aplicar a las personas que cobren una prestación o pensión NO CONTRIBUTIVA dejando fuera a paradas que estén cobrando un subsidio o prestación del SEPE, subsidios que con la parcialización que sufren después de la última reforma laboral y la precarización de los contratos quedan en auténticas miserias, alguien pensó que estar cobrando 200 ó 300 euros mensuales era razón suficiente para excluir a miles de personas de esta renta. Nos dicen que esto estaba explicitado en la ley, que cada cual juzgue si esto es así o es pura ambigüedad (apartado b):
“Artículo 10. Renta complementaria de ingresos
La renta complementaria de ingresos comprende las modalidades de
renta complementaria de ingresos procedentes del trabajo y la de renta
complementaria de ingresos procedentes de prestaciones.
a) La renta complementaria de ingresos del trabajo es la prestación
periódica, de naturaleza económica, dirigida a complementar el nivel de
ingresos de la unidad de convivencia que, aun disponiendo de ingresos
procedentes del trabajo, cuente con un nivel mensual de recursos económicos
que resultan insuficientes para atender los gastos asociados a
las necesidades básicas para el mantenimiento de una vida digna y que
no alcanzan el importe que se determina para esta modalidad de renta.
b) La renta complementaria de ingresos por prestaciones es la prestación
periódica, de naturaleza económica, dirigida a complementar el
nivel de ingresos de la unidad de convivencia que, aun disponiendo de
ingresos procedentes de ciertas pensiones o prestaciones sociales que no
sean incompatibles, cuente con un nivel mensual de recursos económicos
que resultan insuficientes para hacer frente a los gastos asociados al
mantenimiento de un vida digna y que no alcanzan el importe para esta
modalidad de renta.
Reglamentariamente se establecerán las prestaciones que serán susceptibles
de ser complementadas con la renta valenciana de inclusión,
así como sus requisitos y condiciones de compatibilidad.”
¿De verdad para este viaje hacían falta alforjas?
José Castro
Asamblea de Parados y Precarias CGT Valencia
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