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La Audiencia Nacional, tras demanda de la CGT, reconoce que los contratos de obra del telemarketing son nulos

La sentencia, de 9 de septiembre de 2021, es un gran avance en materia de contratación y tiene efectos inmediatos en las empresas de Contact Center, ya que las sentencias de esta modalidad son ejecutables desde el momento que se dictan.

La Confederación General del Trabajo (CGT) ha ganado el pulso en materia de contratación a las empresas del sector del Contact Center con más de 40000 contratos de obra, y con centros de trabajo en casi todas las comunidades del Estado español.

Esta sentencia ratifica lo que siempre ha pensado la CGT ya que la parte que se anula ha estado en los 6 convenios de Telemarketing/Contact Center publicados en el BOE hasta ahora y dice que la parte del convenio que identifica como temporales los contratos vinculados a la campaña o servicio contratado, se aparta del Estatuto de los Trabajadores según de las actuales exigencias jurisprudenciales.

Es una sentencia histórica que se fundamenta en toda la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y del Tribunal Supremo que rechazaba desde el 2020 que en empresas como las que se dan en el sector del telemarketing, donde el grueso de la actividad económica reposa exclusivamente sobre personas contratadas de forma temporal, desapareciera el marco ordinario de condiciones de trabajo.

Para la CGT los contratos de trabajo de duración indefinida son la forma lógica de relación laboral, y que dificultan la precariedad de sectores como este, que han mantenido sus beneficios mediante plantillas eminentemente temporales para su actividad ordinaria. Adjuntamos la sentencia de un enorme impacto a esta nota de prensa.

La CGT muestra su alegría por el respaldo de la Audiencia Nacional a esta demanda y continuará peleando por los derechos fundamentales de los trabajadores del Contact Center.

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