La Conselleria de agricultura autoriza el vuelo de drones junto a nidos de águilas en peligro de extinción
La CGT ha presentado un recurso de alzada y solicitud de suspensión de la autorización, sin obtener respuesta y denuncia que se trata de una práctica peligrosa para la especie, innecessaria y movida solo por el interés personal del jefe del Servicio de Vida Silvestre.
El director general de Medi Natural i Avaluació Ambiental firmó el pasado 4 de abril de 2022 la “AUTORIZACIÓN PARA OPERACIÓN DE AERONAVE NO TRIPULADA (DRON) EN ESPACIOS PROTEGIDOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA” en el entorno de áreas de nidificación de aves rapaces rupícolas de la Comunidad Valenciana, dentro del marco del proyecto de investigación titulado “Seguimiento mediante telemetría satelital GPS/GSM de alta resolución de grandes águilas en la Comunidad Valenciana”. En ella se resuelve autorizar el vuelo de dron para el estudio de la reproducción del águila-azor perdicera (Aquila fasciata) y el águila real (Aquila chrysaetos) en las áreas de nidificación de estas dos especies.
La CGT ha recordado a la Conselleria que el águila-azor perdicera (Aquila fasciata) es una especie catalogada en peligro de extinción en el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y el águila real (Aquila chrysaetos) se encuentra incluida en el listado de especies silvestres en régimen de protección especial, por lo que cualquier actuación que pueda afectarles de alguna manera, en especial a la primera, debe ser cuidadosamente planificada y valorada.
Autorización sin informe de los técnicos de la Generalitat
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad prohibe con carácter general las molestias a estas aves en peligro de extinción, aunque permite algunas excepciones en determinadas circunstancias. Una de las excepciones es la investigación científica, como es el caso, pero la autorización de una actividad potencialmente perjudicial ha de darse solamente “si no hubiere otra solución satisfactoria, y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate”. Por tanto, la autorización ha de estar motivada y justificada, estudiados los riesgos y haciendo mención a los datos científicos que la respaldan.
La CGT solicitó la documentación del expediente y la Conselleria ha remitido un solo documento previo a la autorización que es la propuesta firmada por el jefe del Servicio de Vida Silvestre, sin que conste informe técnico alguno que valore y justifique el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 42/2997. Exigimos que se valore adecuadamente por el técnico competente que tiene atribuida la función en la Dirección General y se explique porque no se ha recabado el mismo.
Datos redundantes
La finalidad que se argumenta en la autorización para el estudio es “la estimación de la ocupación del nido, tamaño de puesta y productividad”. Cabe señalar que, en este sentido, ya existen numerosos estudios en los cuales se dispone de información acerca de estos tres parámetros. De hecho, en la Comunidad Valenciana se llevan a cabo seguimientos sistemáticos de las grandes águilas desde hace más de 20 años por parte de los agentes medioambientales y personal de VAERSA que, con carácter anual, ya arrojan abundante información respecto a esto. Estos seguimientos se llevan a cabo, empleando métodos tradicionales que no producen ningún tipo de perturbación y permiten obtener información precisa: observación a distancia mediante telescopio y prismáticos, por tanto la información conseguida con drones es mayoritariamente redundante e innecesaria.
La CGT lamenta el poco respeto que se tiene en la Conselleria por el criterio y el trabajo del personal propio.
Peligro de muerte o abandono del nido reconocido por el autorizado
No se ha valorado el riesgo que supone la molestia del vuelo del dron tanto para las especies objetivo como para otras que compartan el mismo hábitat, cuando está ampliamente documentado que las rapaces, debido a su comportamiento territorial, pueden atacar al dron con el consiguiente peligro para su vida. Tuvo especial difusión el caso de un halcón peregrino que murió en Getxo con las patas amputadas por atacar a un dron.
Se da el caso que incluso el propio solicitante de la autorización ha alertado de este riesgo en varias ocasiones en sus redes sociales, y en concreto del ataque de un águila perdicera a un dron en Castilla – La Mancha (vídeo que posteriormente fue eliminado de YouTube):
Asimismo, la perturbación también puede ocasionar que el adulto abandone la incubación durante un tiempo, cosa que puede resultar fatal cuando en el nido haya huevos o pollos muy pequeños.
CGT duda del interés público de la investigación y advierte de otros intereses que puedan haber justificado la autorización
Existen antecedentes en la gestión del Servicio de Vida Silvestre que han sido denunciados por la CGT y que hacen dudar sobre la existencia de un verdadero interés púbico en determinadas actuaciones del titular del Servicio, entendemos que poco rigurosas con el cumplimiento de la legislación medioambiental.
Estos son algunos ejemplos:
- En 2019 hizo un informe favorable, basándose en el borrador de una norma no aprobada, que sirvió para autorizar la instalación de un chiringuito y la limpieza de la arena con máquinas en una zona de la playa de Xeraco donde estaba prohibido por la normativa de costas (PATIVEL) aprobada el año anterior. Hay que remarcar que esta prohibición se incluyó precisamente por petición del Servicio de Vida Silvestre, según consta en el expediente. http://rojoynegro.info/articulo/acci%C3%B3n-sindical/cgt-pv-denuncia-usos-prohibidos-la-playa-xeraco-autorizados-el-ayuntamiento
- No tramitar las denuncias de los agentes medioambientales contra Iberdrola por electrocución de aves en las líneas eléctricas.
- Apoyo en 2020 al proyecto del “Yellowstone europeo” patrocinado por su hermano, con el que una multinacional pretendía convertir la zona del Maestrazgo-Els Ports (Cataluña, País Valenciano y Aragón) en un gran centro de ecoturismo internacional, aprovechando la despoblación como oportunidad de negocio. https://www.cgtpv.org/comunicats/la-cgt-del-pais-valenciano-y-murcia-rechaza-la-iniciativa-maestrazgo-els-ports . https://directa.cat/la-fundacio-global-nature-anuncia-la-renuncia-total-al-projecte-maestrazgo-els-ports/
La CGT ha presentado un recurso de alzada y solicitud de suspensión de la autorización, sin obtener respuesta y denuncia que se trata de una práctica peligrosa para la especie, innecessaria y movida solo por el interés personal del jefe del Servicio de Vida Silvestre.
El director general de Medi Natural i Avaluació Ambiental firmó el pasado 4 de abril de 2022 la “AUTORIZACIÓN PARA OPERACIÓN DE AERONAVE NO TRIPULADA (DRON) EN ESPACIOS PROTEGIDOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA” en el entorno de áreas de nidificación de aves rapaces rupícolas de la Comunidad Valenciana, dentro del marco del proyecto de investigación titulado “Seguimiento mediante telemetría satelital GPS/GSM de alta resolución de grandes águilas en la Comunidad Valenciana”. En ella se resuelve autorizar el vuelo de dron para el estudio de la reproducción del águila-azor perdicera (Aquila fasciata) y el águila real (Aquila chrysaetos) en las áreas de nidificación de estas dos especies.
La CGT ha recordado a la Conselleria que el águila-azor perdicera (Aquila fasciata) es una especie catalogada en peligro de extinción en el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y el águila real (Aquila chrysaetos) se encuentra incluida en el listado de especies silvestres en régimen de protección especial, por lo que cualquier actuación que pueda afectarles de alguna manera, en especial a la primera, debe ser cuidadosamente planificada y valorada.
Autorización sin informe de los técnicos de la Generalitat
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad prohibe con carácter general las molestias a estas aves en peligro de extinción, aunque permite algunas excepciones en determinadas circunstancias. Una de las excepciones es la investigación científica, como es el caso, pero la autorización de una actividad potencialmente perjudicial ha de darse solamente “si no hubiere otra solución satisfactoria, y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate”. Por tanto, la autorización ha de estar motivada y justificada, estudiados los riesgos y haciendo mención a los datos científicos que la respaldan.
La CGT solicitó la documentación del expediente y la Conselleria ha remitido un solo documento previo a la autorización que es la propuesta firmada por el jefe del Servicio de Vida Silvestre, sin que conste informe técnico alguno que valore y justifique el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 42/2997. Exigimos que se valore adecuadamente por el técnico competente que tiene atribuida la función en la Dirección General y se explique porque no se ha recabado el mismo.
Datos redundantes
La finalidad que se argumenta en la autorización para el estudio es “la estimación de la ocupación del nido, tamaño de puesta y productividad”. Cabe señalar que, en este sentido, ya existen numerosos estudios en los cuales se dispone de información acerca de estos tres parámetros. De hecho, en la Comunidad Valenciana se llevan a cabo seguimientos sistemáticos de las grandes águilas desde hace más de 20 años por parte de los agentes medioambientales y personal de VAERSA que, con carácter anual, ya arrojan abundante información respecto a esto. Estos seguimientos se llevan a cabo, empleando métodos tradicionales que no producen ningún tipo de perturbación y permiten obtener información precisa: observación a distancia mediante telescopio y prismáticos, por tanto la información conseguida con drones es mayoritariamente redundante e innecesaria.
La CGT lamenta el poco respeto que se tiene en la Conselleria por el criterio y el trabajo del personal propio.
Peligro de muerte o abandono del nido reconocido por el autorizado
No se ha valorado el riesgo que supone la molestia del vuelo del dron tanto para las especies objetivo como para otras que compartan el mismo hábitat, cuando está ampliamente documentado que las rapaces, debido a su comportamiento territorial, pueden atacar al dron con el consiguiente peligro para su vida. Tuvo especial difusión el caso de un halcón peregrino que murió en Getxo con las patas amputadas por atacar a un dron.
Se da el caso que incluso el propio solicitante de la autorización ha alertado de este riesgo en varias ocasiones en sus redes sociales, y en concreto del ataque de un águila perdicera a un dron en Castilla – La Mancha (vídeo que posteriormente fue eliminado de YouTube):
Asimismo, la perturbación también puede ocasionar que el adulto abandone la incubación durante un tiempo, cosa que puede resultar fatal cuando en el nido haya huevos o pollos muy pequeños.
CGT duda del interés público de la investigación y advierte de otros intereses que puedan haber justificado la autorización
Existen antecedentes en la gestión del Servicio de Vida Silvestre que han sido denunciados por la CGT y que hacen dudar sobre la existencia de un verdadero interés púbico en determinadas actuaciones del titular del Servicio, entendemos que poco rigurosas con el cumplimiento de la legislación medioambiental.
Estos son algunos ejemplos:
- En 2019 hizo un informe favorable, basándose en el borrador de una norma no aprobada, que sirvió para autorizar la instalación de un chiringuito y la limpieza de la arena con máquinas en una zona de la playa de Xeraco donde estaba prohibido por la normativa de costas (PATIVEL) aprobada el año anterior. Hay que remarcar que esta prohibición se incluyó precisamente por petición del Servicio de Vida Silvestre, según consta en el expediente. http://rojoynegro.info/articulo/acci%C3%B3n-sindical/cgt-pv-denuncia-usos-prohibidos-la-playa-xeraco-autorizados-el-ayuntamiento
- No tramitar las denuncias de los agentes medioambientales contra Iberdrola por electrocución de aves en las líneas eléctricas.
- Apoyo en 2020 al proyecto del “Yellowstone europeo” patrocinado por su hermano, con el que una multinacional pretendía convertir la zona del Maestrazgo-Els Ports (Cataluña, País Valenciano y Aragón) en un gran centro de ecoturismo internacional, aprovechando la despoblación como oportunidad de negocio. https://www.cgtpv.org/comunicats/la-cgt-del-pais-valenciano-y-murcia-rechaza-la-iniciativa-maestrazgo-els-ports . https://directa.cat/la-fundacio-global-nature-anuncia-la-renuncia-total-al-projecte-maestrazgo-els-ports/
En el caso que nos ocupa, existe una publicación privada sobre aves rapaces que ha sido editada por ambos, el titular del Servicio y el investigador autorizado a emplear drones.
La CGT ha presentado un recurso de alzada y solicitud de suspensión de la autorización, sin obtener respuesta y denuncia que se trata de una práctica peligrosa para la especie, innecessaria y movida solo por el interés personal del jefe del Servicio de Vida Silvestre.
El director general de Medi Natural i Avaluació Ambiental firmó el pasado 4 de abril de 2022 la “AUTORIZACIÓN PARA OPERACIÓN DE AERONAVE NO TRIPULADA (DRON) EN ESPACIOS PROTEGIDOS DE LA COMUNIDAD VALENCIANA” en el entorno de áreas de nidificación de aves rapaces rupícolas de la Comunidad Valenciana, dentro del marco del proyecto de investigación titulado “Seguimiento mediante telemetría satelital GPS/GSM de alta resolución de grandes águilas en la Comunidad Valenciana”. En ella se resuelve autorizar el vuelo de dron para el estudio de la reproducción del águila-azor perdicera (Aquila fasciata) y el águila real (Aquila chrysaetos) en las áreas de nidificación de estas dos especies.
La CGT ha recordado a la Conselleria que el águila-azor perdicera (Aquila fasciata) es una especie catalogada en peligro de extinción en el Catálogo Valenciano de Especies de Fauna Amenazadas, y el águila real (Aquila chrysaetos) se encuentra incluida en el listado de especies silvestres en régimen de protección especial, por lo que cualquier actuación que pueda afectarles de alguna manera, en especial a la primera, debe ser cuidadosamente planificada y valorada.
Autorización sin informe de los técnicos de la Generalitat
La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y la Biodiversidad prohibe con carácter general las molestias a estas aves en peligro de extinción, aunque permite algunas excepciones en determinadas circunstancias. Una de las excepciones es la investigación científica, como es el caso, pero la autorización de una actividad potencialmente perjudicial ha de darse solamente “si no hubiere otra solución satisfactoria, y sin que ello suponga perjudicar el mantenimiento en un estado de conservación favorable de las poblaciones de que se trate”. Por tanto, la autorización ha de estar motivada y justificada, estudiados los riesgos y haciendo mención a los datos científicos que la respaldan.
La CGT solicitó la documentación del expediente y la Conselleria ha remitido un solo documento previo a la autorización que es la propuesta firmada por el jefe del Servicio de Vida Silvestre, sin que conste informe técnico alguno que valore y justifique el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 42/2997. Exigimos que se valore adecuadamente por el técnico competente que tiene atribuida la función en la Dirección General y se explique porque no se ha recabado el mismo.
Datos redundantes
La finalidad que se argumenta en la autorización para el estudio es “la estimación de la ocupación del nido, tamaño de puesta y productividad”. Cabe señalar que, en este sentido, ya existen numerosos estudios en los cuales se dispone de información acerca de estos tres parámetros. De hecho, en la Comunidad Valenciana se llevan a cabo seguimientos sistemáticos de las grandes águilas desde hace más de 20 años por parte de los agentes medioambientales y personal de VAERSA que, con carácter anual, ya arrojan abundante información respecto a esto. Estos seguimientos se llevan a cabo, empleando métodos tradicionales que no producen ningún tipo de perturbación y permiten obtener información precisa: observación a distancia mediante telescopio y prismáticos, por tanto la información conseguida con drones es mayoritariamente redundante e innecesaria.
La CGT lamenta el poco respeto que se tiene en la Conselleria por el criterio y el trabajo del personal propio.
Peligro de muerte o abandono del nido reconocido por el autorizado
No se ha valorado el riesgo que supone la molestia del vuelo del dron tanto para las especies objetivo como para otras que compartan el mismo hábitat, cuando está ampliamente documentado que las rapaces, debido a su comportamiento territorial, pueden atacar al dron con el consiguiente peligro para su vida. Tuvo especial difusión el caso de un halcón peregrino que murió en Getxo con las patas amputadas por atacar a un dron.
Se da el caso que incluso el propio solicitante de la autorización ha alertado de este riesgo en varias ocasiones en sus redes sociales, y en concreto del ataque de un águila perdicera a un dron en Castilla – La Mancha (vídeo que posteriormente fue eliminado de YouTube):
Asimismo, la perturbación también puede ocasionar que el adulto abandone la incubación durante un tiempo, cosa que puede resultar fatal cuando en el nido haya huevos o pollos muy pequeños.
CGT duda del interés público de la investigación y advierte de otros intereses que puedan haber justificado la autorización
Existen antecedentes en la gestión del Servicio de Vida Silvestre que han sido denunciados por la CGT y que hacen dudar sobre la existencia de un verdadero interés púbico en determinadas actuaciones del titular del Servicio, entendemos que poco rigurosas con el cumplimiento de la legislación medioambiental.
Estos son algunos ejemplos:
- En 2019 hizo un informe favorable, basándose en el borrador de una norma no aprobada, que sirvió para autorizar la instalación de un chiringuito y la limpieza de la arena con máquinas en una zona de la playa de Xeraco donde estaba prohibido por la normativa de costas (PATIVEL) aprobada el año anterior. Hay que remarcar que esta prohibición se incluyó precisamente por petición del Servicio de Vida Silvestre, según consta en el expediente. http://rojoynegro.info/articulo/acci%C3%B3n-sindical/cgt-pv-denuncia-usos-prohibidos-la-playa-xeraco-autorizados-el-ayuntamiento
- No tramitar las denuncias de los agentes medioambientales contra Iberdrola por electrocución de aves en las líneas eléctricas.
- Apoyo en 2020 al proyecto del “Yellowstone europeo” patrocinado por su hermano, con el que una multinacional pretendía convertir la zona del Maestrazgo-Els Ports (Cataluña, País Valenciano y Aragón) en un gran centro de ecoturismo internacional, aprovechando la despoblación como oportunidad de negocio. https://www.cgtpv.org/comunicats/la-cgt-del-pais-valenciano-y-murcia-rechaza-la-iniciativa-maestrazgo-els-ports . https://directa.cat/la-fundacio-global-nature-anuncia-la-renuncia-total-al-projecte-maestrazgo-els-ports/
En el caso que nos ocupa, existe una publicación privada sobre aves rapaces que ha sido editada por ambos, el titular del Servicio y el investigador autorizado a emplear drones.
En el caso que nos ocupa, existe una publicación privada sobre aves rapaces que ha sido editada por ambos, el titular del Servicio y el investigador autorizado a emplear drones.
Publicar comentario