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La Plataforma Ciutadana No a la Contaminació-EA propone a los grupos políticos de Onda, Alcora, Castellón, Almassora una moción para evitar la incineración en atomizadores

La Plataforma Ciutadana No a la Contaminació-EA propone a los grupos políticos de Onda, Alcora, Castellón, Almassora una moción para evitar la incineración en atomizadores

 Ante la amenaza de la instalación de incineradoras en los atomizadores de la industria cerámica, la Plataforma insiste en que el consorcio de residuos de Reciplasa, que incluye los mayores municipios de Castellón, ponga en marcha la recogida selectiva de materia orgánica de RSU para reducir esos residuos sólidos urbanos en un 42%, en cumplimiento de la Directiva Marco de Residuos, en sus artículos 4, 13 y 22 :
A 17  de Febrero de 2017
  
ASUNTO: PROPUESTA DE MOCION CONTRA PROYECTO DE INCINERACION/GASIFICACION EN ONDA EN EMPRESA DEL GRUPO PAMESA CERAMICAS
 
EXPONE:
Después de leída la información sobre la petición del del grupo Pamesa Ceramica, de construir una incineradora de residuos en su planta de Onda, a la que se opone el Secretario Autonómico Juliá Alvaro, diciendo que  “la incineración es un modelo desincentivador de una gestión de residuos basada en la jerarquía que consagran las normativas europeas”. “De hecho, la propia Unión Europa mantiene que la incineración es un modelo desaconsejable….” aludiendo seguidamente a la posibilidad de que estudiarían la posibilidad de la construcción de una planta de gasificación como alternativa a la incineradora, queremos recordar a los responsables políticos que se oponen a la incineración que la gasificación es una forma de incineración, el mismo “modelo desincentivador de una gestión de residuos basada en la jerarquía que consagran las normativas europeas”. No lo decimos nosotros, lo dice  el Reglamento de emisiones industriales aprobado en el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, donde se define como instalación de incineración “cualquier unidad técnica o equipo, fijo o móvil, dedicado al tratamiento térmico de residuos con o sin recuperación del calor producido por la combustión; mediante la incineración por oxidación de residuos, así como otros procesos de tratamiento térmico, si las sustancias resultantes del tratamiento se incineran a continuación, tales como pirolisis, gasificación y proceso de plasma”. Por lo tanto es una contradicción fomentar la gasificación al mismo tiempo que se pretende evitar la incineración, sencillamente porque son la misma cosa.
La Plataforma Ciutadana No a la Contaminació, también el ayuntamiento de l´Alcora, se han opuesto, junto al conjunto de ciudadanos de las comarcas cerámicas y  con todos los medios a su disposición a la instalación de una incineradora en el municipio de Alcora, promovida por una empresa, gestora de residuos peligrosos, y de la que se decide su futuroel dia 15 de febrero, día de la votación y fallo del Tribunal Supremo. Nuestras comarcas ya han soportado otros proyectos de incineración de residuos en otros municipios, como Vall d´Alba que, finalmente, se descartaron, como esperamos se descarte definitivamente el de Alcora.
Ahora el grupo Pamesa nos viene con un proyecto, que ya se aparcó en 2011, en un momento de grandes movilizaciones contra la incineración de residuos, que es propietaria de varios atomizadores, en los que, si acaba saliendo bien su propuesta de incineración, sea de oxidación térmica o de gasificación, se puede expandir al resto de la provincia, con lo que, además de  la desventaja competitiva que supondrá para las cerámicas que seguirán utilizando el gas como recurso energético, supondrá abrir la puerta a la instalación de un sinfín de otras incineradoras en todo el sector de atomizado y del sector cerámico, con el consiguiente aumento de la contaminación atmosférica y sus riesgos sanitarios, al incorporarse al aire contaminantes mucho más peligrosos, producto de la incineración de  residuos. Las sustancias químicas presentes en los gases de sus chimeneas, las cenizas y los residuos que produce la incineración: dioxinas, bifenilos policlorados (PCBs), naftalenos policlorados, bencenos clorados, hidrocarburos poliaromáticos (PAHs), compuestos orgánicos volátiles (COVs), y metales pesados como plomo, cadmio y mercurio. Estas sustancias son persistentes, bioacumulativas y tóxicas, con propiedades que las convierten en los contaminantes más problemáticos a los que jamás se ha expuesto un sistema natural. Algunas también son cancerígenas y actúan como disruptores hormonales. Es por tanto una temeridad en términos de salud pública, también en términos de gestión de residuos, siquiera plantear la posibilidad como alternativa energética la incineración, sea oxidación térmica o gasificación de residuos, en el sector cerámico, con los riesgos sanitarios en sus emisiones en una zona ya castigada por los contaminantes producidos en la fabricación de azulejos y la petroquímica.
 Por todo ello y teniendo en cuenta los riesgos sanitarios inherentes a la incineración de residuos expuestos en este escrito, resultando las administraciones locales responsables de la afección de las emisiones atmosféricas de las instalaciones industriales al medioambiente urbano, según la ley 10/2014 de 29 de diciembre, de Salud de la Comunidad Valenciana vigente, que en relación a las competencias de las entidades locales se exponen en el artículo 6, en su punto 2 apartados a), b) y d).
 La incineración de residuos  elimina en la práctica todas las alternativas de recuperación y reciclaje de residuos, comenzando por la materia orgánica de los RSU, materia prima para la obtención del compost para la agricultura. En la planta de Reciplasa existe infraestructura para la recepción y gestión de este tipo de residuo, por lo que es necesario que se recoja de  manera selectiva esta parte de los residuos con lo que se permitirá una reducción del  42 % del total de los Residuos Sólidos Urbanos (RSU)
 
Por todo ello SOLICITO:
 
Que se presente moción al pleno para solicitar de la administración autonómica competente en materia medioambiental, concretamente a la Dirección General de Cambio Climático y Calidad Ambiental, que deniegue cualquier solicitud de autorización para la instalación de incineradoras, sea en las plantas de atomizado, cualquier otra empresa cerámica, gestión de residuos o cualquiera que pudiera presentar proyectos de incineración de residuos urbanos, peligrosos o de cualquier tipología.
 
Se dé traslado de la aprobación de la moción a los responsables de la administración autonómica, Dirección General de Cambio Climático, Calidad Ambiental.
 
Se dé traslado a los ayuntamientos de Castellon de la Plana, Betxi, Nules, Borriana, Vilavella, Vilareal, Almassora, Nules, Xilxes, Moncofar, La Vall d´Uxó, Cabanes, Vilafames, Ribesalbes, Borriol, Puebla Tornesa, Vall d´Alba, etc, que se pueden ver afectados, por tener en sus términos municipales o próximos a ellos instalación de atomizado o empresas cerámicas con posibilidad de que se pretendan instalaciones de incineración de residuos
 
Se solicite la puesta en marcha  de manera inmediata de la recogida selectiva de residuos orgánicos de los RSU en toda la Comunidad Valenciana para conseguir los objetivos marcados por la Directiva Marco de Residuos en su artículo 22 y su transposición a la legislación estatal y autonómica
 
Plataforma Ciutadana No a la Contaminació-EA
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