El pasado martes, el Consejo de Ministros dio luz verde al real decreto ley que regulará el teletrabajo o trabajo a distancia. La normativa llega tras el acuerdo de patronal y sindicatos y meses después de que la crisis de la covid-19 impusiera el trabajo en casa por imperativo sanitario. Pero, ¿cómo comprobará la Inspección de Trabajo que se cumplen las condiciones laborales en un domicilio privado?.
El texto apenas ha cumplido una semana, por tanto, el Ministerio de Trabajo aún no ha elaborado el documento interno en el que se concretarán las instrucciones para la Inspección de Trabajo. Sin embargo, ya con un texto legislativo en la mano, las empresas y los representantes de los trabajadores tendrán que ponerse manos a la obra para concretar el teletrabajo dentro de su organización, comprando material, negociando y firmando acuerdos, desarrollando políticas internas para garantizar la desconexión digital o métodos para el control de jornada desde casa.
“Los inspectores ya teníamos competencias respecto a trabajo a distancia, incluido en el artículo 13 del Estatuto de los Trabajadores, aunque era minoritario y es posible que con la crisis sanitaria se extienda”, explica Mercedes Martínez, portavoz de la Unión Progresista de Inspectores de Trabajo. Sí ha echado en falta concreción en aspectos como la desconexión digital, uno de los derechos “más difíciles de controlar” y más complejos: “Hubiera sido mejor la prohibición total por parte del empresario con respecto a la conexión fuera del horario de trabajo y el respeto al descanso. Si estableces limitaciones ya abres la puerta a la posibilidad”.
La Inspección de Trabajo también tendrá que diseñar nuevas estrategias a medida que surjan los nuevos retos para controlar que no se hurta ningún derecho laboral en el domicilio, pero los sindicatos avisan de que falta lo mismo de siempre: medios. Es decir, la Inspección tendrá los mismos problemas para detectar fraudes y sancionarlos que en el resto de casos.
Dónde están mis derechos: el acuerdo individual
El decreto obliga a que un empleado que trabaja a distancia tenga los mismos derechos que si estuviera en la oficina. El teletrabajo será voluntario, reversible y se concretará con la firma de un acuerdo entre trabajador y empresario. Ahí se detallarán los medios y equipos necesarios para teletrabajar y su vida útil, los gastos, el horario, los días de trabajo presencial y a distancia o los medios de control de la actividad, entre otros muchos.
Por tanto, el primer control es que las condiciones se tienen que aceptar por ambas partes. Además, la empresa deberá entregar al comité de empresa o a los representantes de los trabajadores una copia de todos los acuerdos de trabajo a distancia que se realicen y de sus actualizaciones.
¿Y si se produce algún abuso?
El teletrabajo es voluntario y reversible. En el acuerdo entre empresario y trabajador debe especificarse cuánto duran las condiciones pactadas. Además el decreto contempla también la existencia de “convenios o acuerdos colectivos” que den pautas para los acuerdos individuales, que en cualquier caso deben existir.
Para garantizar este cumplimiento, cualquier visita al domicilio particular tiene un protocolo. Deberá emitirse informe escrito que se entregará a la persona trabajadora “y a las delegadas y delegados de prevención”. Solo se inspeccionará la zona de la casa donde se trabaje y no el resto. “Para acceder al domicilio particular de la persona trabajadora, siempre tiene que dar permiso”. ¿Pero qué ocurrirá si el empleado no quiere dar ese permiso? “La persona debe rellenar una autoevaluación“.
La inspectora Mercedes Martínez sabe que este requisito es complicado, ya que el empresario podría pensar que ha sido este trabajador el denunciante. Por eso, la portavoz cree que la Inspección tendrá que “variar” sus estrategias: “En lugar de ir directamente al domicilio del denunciante, quizá sea mejor ir primero a la empresa, solicitar los datos y los acuerdos individuales de las personas trabajadoras y seleccionar a un grupo de personas a las que luego se les visitará en el domicilio“, teoriza sobre la necesidad de mantener la confidencialidad del denunciante.
El decreto prevé el registro de jornada, como en el resto de trabajos, con la hora de entrada y salida del trabajador. Para asegurar el derecho a la desconexión digital, exige la elaboración de una “política interna” en la que se definan “modalidades de ejercicio” y “acciones de formación y de sensibilización del personal”.