El Tribunal Supremo declara válido el registro de prolongaciones de jornada
También el registro de compensaciones de las mismas y el sistema de comunicación a los sindicatos vigentes en Bnco Sabadell
Con fecha 20 de diciembre de 2017 (publicado por la dirección del banco el pasado 25 de enero de 2018 en Área del Empleado/notificaciones de Recursos Humanos) el Tribunal Supremo ha declarado válidos (obligado cumplimiento) tanto el registro de prolongaciones de jornada como el de compensaciones vigentes en Banco Sabadell, igualmente la comunicación que realiza la dirección a los sindicatos mensualmente sobre las prolongaciones realizadas por la plantilla.
Después de cientos de denuncias presentadas ante las Inspecciones de Trabajo de todo el país y tras acudir en tres ocasiones a la Audiencia Nacional, el pasado 20 de diciembre de 2017 el Tribunal Supremo ha declarado válidos y de obligado cumplimiento, tanto el registro de prolongaciones de jornada como el de compensaciones de las mismas, así como la comunicación mensual que la dirección debe realizar a los sindicatos donde se reflejan los partes individuales de las prolongaciones realizadas, firmados por las y los trabajadores.
En el tintero han quedado nuestras peticiones sobre el establecimiento de un registro de la jornada automatizado para toda la plantilla y nuestra petición sindical sobre el derecho a recibir los registros de compensaciones de las prolongaciones realizadas.En ambos casos el T. Supremo sentencia que dichas pretensiones no están recogidas en la legislación vigente, declarando que pese a ser necesarias existe un vacío legal que debe ser legislado en el Parlamento. Hace ya tres meses que se inició el proceso mediante una proposición de ley presentada por el grupo parlamentario socialista.
Esta lucha, que comenzó en 2013, demuestra que nuestra perseverancia ha dado sus frutos. Todas y todos conocemos la actuación del resto de sindicatos de la Entidad, quienes han optado entre la pasividad y la oposición al conflicto presentado por CGT: “el trabajo en el sector de banca es así, no se puede hacer nada, tenemos que aguantarnos”,…, son varias de las perlas que soltaban en sus machaconas visitas a oficinas y departamentos.
Han sido varios años difíciles, en los que tras llegar al Acuerdo con la dirección del banco ante la Audiencia Nacional, que ahora declara válido el Tribunal Supremo, hemos tenido que pasar por múltiples inconvenientes: incumplimiento del acuerdo por parte de la dirección, solicitud de ejecución ante la Audiencia Nacional, recurso ante el Tribunal Supremo, para finalmente conseguir que dicho Tribunal lo declare válido y de obligado cumplimiento.
Ahora pedimos a la plantilla que cumpla con la normativa vigente y si se produce una prolongación de nuestra jornada la registre (adjuntamos enlaces oficiales del banco del registro de prolongaciones y del registro de compensaciones vigentes en banco Sabadell). La misma deberá ser compensada en los tres meses siguientes firmando tambiénel registro de compensaciones.
Para poder llevar un control real de estos registros y verificar los datos que nos remite la dirección del banco, os solicitamos que nos hagáis llegar una copia de ambos registros, cuando los utilicéis, al correo cgt@bancsabadell.com. Igualmente nos ponemos a vuestra disposición ante cualquier impedimento que se produzca por parte de Responsables/Superiores jerárquicos/etc, recordando que actuar contra estas instrucciones supone un claro ABUSO DE AUTORIDAD, tipificada como falta muy grave en nuestro convenio colectivo.
31 enero 2018
Sección Sindical Estatal CGT-Banco Sabadell
http://www.cgtbs.info/
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